
Escrito por Javier Rincón Bernal y Manuel Rincón Bernal — Abogados Penalistas · RINBER (25 años de experiencia)

Manuel Rincón Bernal
Abogado Penalista · +25 años de experiencia
Fundador de Rinber Abogados. Especialista en Derecho Penal, colaborador habitual en medios de comunicación nacionales.
¿Qué es el delito de lesiones y qué lo constituye?
El delito de lesiones castiga a quien daña la integridad física o la salud de otra persona. Es uno de los delitos más frecuentes en los juzgados, porque abarca desde una pelea en un bar hasta una agresión que deja secuelas permanentes. Lo que decide si es un delito leve, uno menos grave o uno grave es el resultado: qué tratamiento hizo falta para curar la lesión y qué secuelas dejó.
Definición jurídica del delito de lesiones en España
El artículo 147.1 del Código Penal castiga a quien, por cualquier medio o procedimiento, causa a otro una lesión que menoscaba su integridad corporal o su salud física o mental, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La pena es de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses.
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¿Qué actos constituyen lesiones según el CP?
Cualquier medio sirve: golpes, armas, empujones que provocan una caída, contagio intencionado de una enfermedad o un daño psicológico. El Código distingue varios niveles:
- Golpear o maltratar sin causar lesión (art. 147.3): delito leve, multa de uno a dos meses.
- Lesión que solo requiere una primera asistencia (art. 147.2): delito leve, multa de uno a tres meses.
- Lesión que requiere tratamiento (art. 147.1): de tres meses a tres años o multa.
- Lesiones agravadas por el uso de armas o instrumentos peligrosos, el ensañamiento o la alevosía, o por la condición de la víctima (menor de 14 años, persona con discapacidad, pareja o expareja mujer, persona vulnerable que convive con el autor) (art. 148): de dos a cinco años.
- Pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad o grave enfermedad (art. 149): de seis a doce años. La pérdida de un órgano no principal o una deformidad no grave (art. 150): de tres a seis años.
Elementos objetivos y subjetivos del delito de lesiones
El elemento objetivo es el resultado lesivo y su relación de causalidad con la conducta del acusado. El subjetivo es el dolo: la intención de lesionar o, al menos, la aceptación de que la conducta probablemente causará una lesión (dolo eventual). Si no hay intención pero sí una imprudencia grave, el delito es de lesiones imprudentes (art. 152), con penas menores; las causadas por imprudencia menos grave solo se castigan cuando el resultado es de los artículos 149 y 150, y como delito leve.
El tratamiento médico como criterio diferenciador
Tratamiento médico es el sistema que se utiliza para curar una lesión más allá de la primera asistencia, prescrito por un médico. El propio artículo 147.1 aclara que la simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no es tratamiento. La jurisprudencia considera tratamiento quirúrgico la sutura de una herida, y tratamiento médico la inmovilización con férula o la prescripción de rehabilitación, pero no una cura simple o un analgésico. El informe del médico forense es la prueba clave.
Lesiones físicas vs. lesiones psicológicas: ¿ambas son delito?
Sí. El artículo 147 protege tanto la salud física como la mental. Un trastorno psicológico causado por la agresión (por ejemplo, un trastorno de estrés postraumático que requiere tratamiento psicológico o psiquiátrico) puede constituir delito de lesiones si está diagnosticado y se acredita su relación con los hechos, normalmente mediante pericial forense. Una grave enfermedad psíquica entra en el artículo 149.
Consecuencias penales y civiles del delito de lesiones
Además de la pena, el condenado debe indemnizar a la víctima por los días que tardó en curar, las secuelas, los gastos médicos y el daño moral. Los tribunales suelen tomar como referencia orientativa el baremo de los accidentes de tráfico para calcularlo. Si la víctima es la pareja o un familiar, los mismos hechos pueden ser el delito de maltrato del artículo 153, con una orden de alejamiento obligatoria.
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