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Abogado Experto en Extradiciones
Abogados expertos en extradición pasiva y euroorden: le asistimos desde la detención hasta la vista en la Audiencia Nacional. Urgencias 24h: 627 467 043.
Si usted o un familiar ha sido detenido en Andalucía por una orden de extradición, las primeras 24 horas son decisivas. En Rinber Abogados llevamos más de 25 años defendiendo a personas reclamadas por otros países ante la Audiencia Nacional. Atención urgente 24 horas: 627 467 043.
Qué es la extradición y qué tipos existen
La extradición es el procedimiento por el que un Estado entrega a otro a una persona para que sea juzgada o cumpla una condena. Para pedirla tiene que existir una condena firme o una resolución judicial de prisión contra la persona reclamada. Hay dos tipos:
- Extradición pasiva: otro país pide a España la entrega de alguien que se encuentra en territorio español. Se rige por la Ley 4/1985, de Extradición Pasiva, y por los tratados que España haya firmado con el país que reclama. Es el caso más frecuente en Andalucía: detenciones en los aeropuertos de Málaga y Sevilla, en el puerto de Algeciras o en la Costa del Sol.
- Extradición activa: es España la que pide a otro país la entrega de una persona. La solicita el juez que lleva la causa, y el Gobierno la tramita a través del Ministerio de Justicia (arts. 824 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal).

Extradición o euroorden: no es lo mismo
Si el país que le reclama pertenece a la Unión Europea, normalmente no se tramita una extradición sino una orden europea de detención y entrega (euroorden), regulada en la Ley 23/2014. La euroorden es un procedimiento solo judicial, sin decisión del Gobierno, y con plazos mucho más cortos. La extradición clásica se aplica a las reclamaciones de países de fuera de la UE: Estados Unidos, Reino Unido tras el Brexit, Marruecos, Latinoamérica, Rusia o los países de Asia y Oriente Medio, entre otros.
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Cómo es el procedimiento de extradición pasiva en España
Aunque la detención se produzca en Málaga, Sevilla, Granada o cualquier otra provincia andaluza, el procedimiento se tramita siempre ante la Audiencia Nacional, en Madrid. Tiene tres fases:
- Detención y primera comparecencia. Casi siempre empieza con una notificación roja de Interpol o una petición de detención preventiva. La persona detenida tiene que ser puesta a disposición del Juzgado Central de Instrucción en un plazo de 24 horas. El juez le informa de la reclamación y le pregunta si consiente la entrega, y decide si queda en prisión provisional o en libertad con medidas (retirada del pasaporte, comparecencias periódicas). Si el país reclamante no envía la solicitud formal de extradición dentro del plazo previsto en la ley o en el tratado, la detención debe quedar sin efecto.
- Fase gubernativa inicial. El Consejo de Ministros decide si la solicitud continúa por vía judicial.
- Fase judicial. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional celebra una vista con el reclamado, su abogado y el Ministerio Fiscal, y resuelve mediante auto si procede la extradición. Ese auto puede recurrirse ante el Pleno de la Sala. Aunque los tribunales la declaren procedente, el Gobierno conserva la última palabra y puede denegar la entrega.
Motivos para oponerse a una extradición
La Ley 4/1985 y los tratados establecen requisitos que la defensa debe revisar uno a uno. Los más habituales son:
- Doble incriminación: los hechos tienen que ser delito tanto en España como en el país que reclama, con una pena mínima.
- Nacionalidad española: la ley española no permite extraditar a ciudadanos españoles, salvo lo que establezcan los tratados.
- Prescripción: no procede si el delito o la pena han prescrito según la ley española o la del país reclamante.
- Delitos políticos o militares: quedan excluidos de la extradición.
- Garantías en el país reclamante: se puede denegar si existe riesgo de pena de muerte, de tratos inhumanos o de un juicio sin garantías, o si la persona sería juzgada por un tribunal de excepción.
- Cosa juzgada o competencia española: si los hechos ya fueron juzgados en España, o corresponde juzgarlos a los tribunales españoles.
- Arraigo y circunstancias personales: no siempre bastan para impedir la entrega, pero pesan al decidir sobre la prisión provisional y, en su caso, en la decisión final del Gobierno.
Qué hace su abogado de extradiciones
RINBER Abogados asume la defensa en extradiciones y euroórdenes ante la Audiencia Nacional desde el primer momento de la detención. Puede ampliar información en la guía de Manuel Rincón Bernal sobre cómo funciona la extradición en España.
- Le asiste en la primera comparecencia ante el Juzgado Central de Instrucción y pide la libertad con medidas cautelares en lugar de la prisión provisional.
- Comprueba la identidad del reclamado, la notificación de Interpol y los documentos que envía el país reclamante, y si llegaron dentro de plazo.
- Prepara la oposición a la extradición con los motivos legales que correspondan a su caso.
- Le defiende en la vista ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y, si hace falta, en el recurso ante el Pleno.
- Coordina con abogados del país reclamante y, cuando procede, solicita la cancelación de la notificación roja ante Interpol.
Preguntas frecuentes sobre la extradición
¿Puede España extraditar a un ciudadano español?
La Ley de Extradición Pasiva no permite entregar a españoles a otro país, salvo lo que dispongan los tratados aplicables. Dentro de la Unión Europea las reglas son distintas: la euroorden sí permite entregar a nacionales, aunque con garantías específicas.
¿Qué tribunal decide sobre la extradición si me detienen en Andalucía?
Siempre la Audiencia Nacional. Primero un Juzgado Central de Instrucción para la detención y la primera comparecencia, y después la Sala de lo Penal para decidir sobre la entrega. Es frecuente que la primera comparecencia se haga por videoconferencia desde el lugar de la detención.
¿Puedo quedar en libertad mientras se tramita la extradición?
Sí. La prisión provisional no es automática. Si existe arraigo en España (domicilio, trabajo, familia) y la defensa ofrece garantías como la retirada del pasaporte o comparecencias periódicas, el juez puede acordar la libertad provisional.
Si necesita un abogado de extradiciones con urgencia en cualquier provincia de Andalucía, llámenos al 627 467 043. Atendemos las 24 horas, todos los días del año.
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Preguntas frecuentes
¿Qué es la extradición?
Es el procedimiento por el que un Estado entrega a otro a una persona reclamada para ser juzgada o para cumplir una condena. En España se rige por los tratados aplicables, el Convenio Europeo de Extradición y la Ley 4/1985 de Extradición Pasiva. Entre países de la Unión Europea se utiliza la euroorden.
¿Puedo negarme a ser extraditado?
Puede oponerse ante la Audiencia Nacional, que decide tras una vista. La extradición se deniega, entre otros casos, si el delito es político, si ha prescrito, si existe riesgo de pena de muerte o de trato inhumano sin garantías suficientes, si la persona ya fue juzgada por los mismos hechos o si es de nacionalidad española.
¿Qué diferencia hay entre extradición y Euroorden?
La euroorden (Orden Europea de Detención y Entrega) es un sistema de entrega simplificado entre Estados de la UE, con plazos más cortos y menos motivos de denegación. La decide exclusivamente el juez, mientras que en la extradición la última palabra corresponde al Gobierno.
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