Malos tratos en el ámbito familiar ¿qué dice la ley?

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Los mal tratos en el ámbito familiar son delitos que se encuentran tipificados en la ley. Cada vez se hace más común escuchar de la violencia familiar, esta va desde la violencia doméstica, violencia de género y en ocasiones existen los abusos y el maltrato infantil. Sin duda estas agresiones dejan en las víctimas graves consecuencias psicológicas, sociales y físicas.

¿Qué dice la ley sobre los malos tratos en el ámbito familiar?

En el artículo 153 del Código Penal, se establecen diferentes penas por los malos tratos en el ámbito familiar. Este artículo indica que las sanciones otorgadas al agresor dependerán de la gravedad y las circunstancias en las que se efectuaron las lesiones.

En este sentido, cualquier persona que cause algún daño psicológico o alguna lesión de menor gravedad prevista en el apartado 2 del artículo 147 y la víctima sea esposa del agresor o haya tenido algún vínculo de afectividad con este, el agresor será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año.

Malos tratos en el ámbito familiar ¿qué dice la ley?

 También el juzgado puede asignar la realización de trabajos en beneficio de la comunidad por un periodo de 31 a 80 días. Sin importar el caso, el agresor será privado del derecho a portar cualquier tipo de arma por un periodo de 1 a 3 años. 

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La violencia ejercida por los hijos sobre los padres, también se considera malos tratos en el ámbito familiar y se encuentra tipificada en el artículo 173.2 del Código Penal.

En casos como este la víctima tiene derecho a la protección. Esta es una de las medidas más habituales ya que se asigna una orden de alejamiento al agresor, causando el desalojo del domicilio familiar. 

Si el hijo no posee un medio de sustento económico la Administración se hará cargo de garantizar un medio de vida. Sin embargo, estos casos son de los pocos en donde la víctima puede conceder el perdón al agresor y de esta manera reanudar la convivencia con este. Esto implica la eliminación de la orden cautelar que haya sido impuesta por el juzgado.

¿Cuándo pueden ser mayor las penas establecidas en la ley por el delito de malos tratos en el ámbito familiar?

Cómo antes mencionamos, la sanción penal que será establecida puede ser de 6 meses o de 1 año, esto dependerá de la gravedad del caso. Sin embargo, la pena para este delito puede llegar a ser mayor si las agresiones fueron ejecutadas en las siguientes circunstancias:

  • Presentadas por menores de edad
  • Haciendo uso de cualquier tipo de arma
  • Ejecutadas en el domicilio de la víctima o el de alguno de sus familiares
  • Desacatando alguna medida cautelar dada por un juez

¿Cuáles son las medidas cautelares que se pueden aplicar por el delito de malos tratos en el ámbito familiar?

La preocupación más grande de una víctima de maltrato es lo que pasará con el agresor durante el periodo en el que se esté tramitando el juicio y la pena de este. 

La ley dispone de medidas cautelares que tienen el objetivo de velar por la seguridad y estabilidad de las víctimas y de igual manera  asegurar los procedimientos de investigación. Las medidas cautelares que se pueden aplicar por el delito de malos tratos en el ámbito familiar son:

  • Prisión temporal

En casos de alta gravedad esta medida será determinada por un juzgado si las circunstancias lo ameritan. Aunque normalmente esta medida no es la habitual.

  • Orden de alejamiento

Si el agresor provisionalmente queda en libertad lo más común es que establezca una orden de alejamiento con la finalidad de que este se mantenga completamente alejado de la víctima en la circunstancia que sea. Esto incluye que el agresor deba abandonar su vivienda en caso de que se encontrara viviendo con la víctima.

Así mismo, no será permitida cualquier comunicación por medio de teléfonos, mensajes de texto o redes sociales e incluso no se permitirá contactar a la víctima por medio de terceras personas.

  • Prohibición residencial

En casos donde sea extremadamente necesario se le prohíbe al agresor estar presente en determinadas localidades donde resida la víctima.

El periodo de estas medidas cautelares suelen durar hasta que exista una sentencia que pueda dejarlas sin efecto alguno o las modifique. De no cumplirse estas medidas será considerado como un nuevo delito penal.

Medidas de carácter civil

Las medidas de carácter civil sólo serán válidas por un periodo de 30 días. En este tiempo estipulado se deberá realizar cualquier tipo de demanda ya sea de divorcio o medidas paterno filiales. Igualmente, se deberá hacer la renovación de las medidas cautelares hasta que se establezca la debida sentencia, de no ser así estas medidas quedarán sin efecto alguno. Algunas medidas son:

  • Prohibición del uso de la vivienda familiar.
  • Suspensión de custodia de los hijos menores de edad.
  • Régimen de visitas para el progenitor no custodio e incluso estas pueden ser suspendidas si la situación lo amerita
  • Imposición de pensión alimentaria al progenitor no custodia para los hijos menores de edad.

¿A quién protege la ley si existen malos tratos en el ámbito familiar?

El artículo 173 del Código Penal especifica que su protección va dirigida a determinadas personas incluidas en el ámbito familiar que hayan sido víctimas de cualquier tipo de violencia intrafamiliar, tales como:

  • Pareja, cónyuge o cualquier persona con la que el agresor mantenga una relación afectiva y exista o no alguna convivencia. 
  • Familiares como hijos, hermanos o padres del agresor o de la víctima
  • Personas mayores o menores de edad que padezcan de algún tipo de discapacidad o necesiten de una especial protección
  • Cualquier persona que pertenezca al núcleo familiar
  • Personas que estén bajo la curatela, tutela, acogimiento o patria potestad del agresor o la víctima

Cuando el delito de malos tratos en el ámbito familiar es ejercido sobre cualquiera de los miembros antes mencionados, este es penalizado con prisión de 6 meses a tres años e inhabilitación de 1 a 5 años, estas sanciones  se encuentran establecidas en el artículo 173 del código penal. 

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