Inicio › Noticias Derecho Penal

Delitos

Estrategias para la defensa de delitos de lesiones: Claves Jurídicas

Escrito por y — Abogados Penalistas · RINBER (25 años de experiencia)

Manuel Rincon Bernal

Manuel Rincón Bernal

Abogado Penalista · +25 años de experiencia

Fundador de Rinber Abogados. Especialista en Derecho Penal, colaborador habitual en medios de comunicación nacionales.

En un procedimiento por lesiones, la defensa puede ir por tres caminos: negar que el hecho sea delito (porque hubo legítima defensa u otra eximente), discutir que la lesión se deba al acusado, o rebajar la calificación y la pena. Cuál conviene depende de la prueba, y a menudo se combinan.

La legítima defensa como eximente en lesiones (art. 20.4 CP)

Quien lesiona a otro defendiéndose no comete delito si se cumplen tres requisitos: una agresión ilegítima previa, real e inminente; la necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla; y la falta de provocación suficiente por parte de quien se defiende. Es la defensa más habitual en peleas y riñas.

Si falta alguno de los requisitos secundarios (por ejemplo, la respuesta fue desproporcionada) pero hubo agresión ilegítima, se aplica la eximente incompleta, que rebaja la pena en uno o dos grados (arts. 21.1 y 68). En las riñas mutuamente aceptadas, en cambio, los tribunales no suelen admitir la legítima defensa, porque ninguno de los contendientes se limita a defenderse.

Estado de necesidad y otras eximentes relevantes

El estado de necesidad (art. 20.5) cubre a quien causa un mal para evitar otro mayor o igual, sin haber provocado la situación. El miedo insuperable (art. 20.6) exime cuando el temor anula la capacidad de actuar de otro modo. También pueden jugar la intoxicación plena por alcohol o drogas y la anomalía psíquica (art. 20.1 y 20.2), o sus versiones incompletas y atenuantes cuando la afectación fue parcial.

¿Le han detenido o le investigan?Hable ahora con un penalista. Primera consulta gratuita.

Cuestionamiento del nexo causal entre acción y lesión

La acusación debe probar que la lesión la causó el acusado. En peleas con varias personas, a veces no puede determinarse quién dio el golpe que produjo la lesión concreta. También se discute el nexo cuando la víctima tenía lesiones o patologías previas, o cuando el resultado se agravó por causas posteriores ajenas al acusado, como una caída o una mala evolución por no seguir el tratamiento.

La atenuante de arrebato u obcecación

El artículo 21.3 atenúa la pena cuando el autor actuó por causas o estímulos tan poderosos que le produjeron arrebato, obcecación u otro estado pasional de entidad semejante. Exige un estímulo previo, proporcionado en alguna medida a la reacción, y proximidad temporal entre ambos. No basta con un enfado: la jurisprudencia la aplica a reacciones inmediatas ante provocaciones o situaciones graves.

Cuestionando la gravedad de las lesiones: la pericia médica

La calificación depende del informe del médico forense, y la diferencia de pena es grande:

  • Solo primera asistencia facultativa (art. 147.2): delito leve, multa de uno a tres meses.
  • Golpe o maltrato sin lesión (art. 147.3): delito leve, multa de uno a dos meses.
  • Lesión que requiere tratamiento médico o quirúrgico además de la primera asistencia (art. 147.1): prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses.
  • Con armas, ensañamiento o sobre víctimas especialmente vulnerables (art. 148): de dos a cinco años.
  • Pérdida de un órgano o miembro, o deformidad (arts. 149 y 150): de tres a doce años, según su importancia.

La frontera entre primera asistencia y tratamiento es la que más se discute. Una simple cura, una vacuna antitetánica o una revisión de control no son tratamiento; unos puntos de sutura sí se consideran tratamiento quirúrgico según el Tribunal Supremo. Un informe pericial de parte puede cuestionar si lo que se prescribió era realmente necesario para curar la lesión.

Conformidad y mediación: alternativas al juicio oral

Los delitos leves de lesiones (art. 147.2 y 147.3) solo se persiguen si la víctima denuncia, y el perdón del ofendido extingue la responsabilidad. Si la víctima es la pareja o un familiar del art. 173.2, los mismos hechos son el delito del art. 153, que es público y no admite perdón. En los demás casos, pagar la indemnización antes del juicio permite aplicar la atenuante de reparación del daño (art. 21.5), y en los juicios rápidos la conformidad con el fiscal reduce la pena en un tercio.

La mediación penal es posible en muchos supuestos de lesiones entre particulares, pero está prohibida en los casos de violencia de género. Si le han denunciado por lesiones, puede llamarnos al 627 467 043. La primera consulta es gratuita.

Estrategias para la defensa de delitos de lesiones

Despacho Principal

Este servicio forma parte de RINBER Abogados Penalistas, referencia en defensa penal en toda España desde 1999. Javier y Manuel Rincón Bernal. Primera consulta gratuita.

Cada hora cuenta en un caso penal

Llámenos o escríbanos por WhatsApp. Un abogado le responde personalmente, también de noche y en festivos.