Sin duda alguna. El delito de difusión de pornografía infantil es uno de los que más repulsión ocasiona a la sociedad. La sociedad no es capaz de asimilar como sus compatriotas son capaces de participar en este tipo de actos ilícitos. Peor aún, que los niños y adolescentes se encuentren en riesgo de caer en las garras de estos delincuentes. Esto, a través de las redes sociales o cualquier otro medio.

¿En qué consiste el delito de pornografía infantil?
De acuerdo con lo establecido en el Código Penal, el delito de pornografía infantil comprende cualquier tipo de acto que represente de forma visual o gráfica conductas sexuales por parte de menores de edad. Siendo esto utilizado con finalidad sexual. También, se considera como delito todos los actos que contribuyan a su ejecución.
Regulación del Delito de Difusión de Pornografía Infantil
El delito de difusión de pornografía infantil se encuentra tipificado junto con otros actos, en el artículo 189 de Código Penal. Este brindar al jugador un concepto de lo que este debe tener en consideración como pornografía infantil, al momento de proceder con la aplicación de dicha normativa.
Esta definición se encuentra sustentada en la Directiva 2011/93/UE relacionada con la batalla hacia los abusos sexuales, la explotación con fines sexuales de menores y la pornografía infantil. A través de esta se ha sustituido la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo.
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Por lo señalado con anterioridad es preciso, que antes de adentrarnos en lo vinculado a la distribución de pornografía infantil, nos ocupemos en lo definido por dicha directiva sobre su definición.
¿Qué es la pornografía infantil?
· Se trata de todo tipo de material que muestre en forma visual a un menor de edad siendo partícipe de conductas sexualmente explícitas. Esto aplica independientemente de si se tratan de actos reales o simulados.
· Toda representación de los genitales de un menor con finalidad sexual.
· Cualquier material que haga representación de manera visual de un sujeto que parezca ser un menor de edad en un acto sexual real o ficticio. Así como también, la representación de los genitales de un individuo que parezca ser menor de edad, con fines sexuales.
· Imágenes realistas de un menor de edad siendo partícipe de acciones sexuales. También, la distribución de imágenes realistas de los genitales de un menor, con finalidad sexual.
¿Qué se entiende por espectáculo pornográfico?
· Actos exhibicionistas en directo dirigidos a un público. Inclusive mediante el uso de tecnologías de la comunicación e información.
· Un menor siendo partícipe de un acto sexualmente explícito, bien sea real o simulado.
· Exhibición de los órganos sexuales de un menor de edad con fines sexuales.
Fundamentos de la Directiva 2011/92/UE sobre la pornografía infantil
Los fundamentos se refieren a los párrafos que poseen el razonamiento jurídico, la motivación, lo que apoya, justifica o sirve de considerando al texto de una disposición, una sentencia o una ley. La Directiva que se está analizando define dentro de sus fundamentos, lo siguiente:
“… La pornografía infantil que, reside en imágenes explícitas que refieran al abuso sexual en menores de edad, y otras modalidades particularmente graves de abusos sexuales y explotación sexual incrementándose y ampliándose con la utilización de las nuevas tecnologías e internet…”
La pornografía infantil en el internet
Si bien es cierto que la pornografía infantil, no es un crimen que se lleve a cabo de manera exclusiva por medio de internet, es cierto que este espacio es el escenario con mayor predominancia y el más utilizado para esconder estos actos y a sus autores.
Este escenario ha ido avanzando tecnológicamente a través del tiempo. Esto mayormente con respecto a la búsqueda de métodos que permitieran hacer más efectivos los medios orientados a ocultar estos actos ilícitos.
De este modo, ubicamos los siguientes canales, por medio de los cuales se realizan actos dirigidos a la compra de material pornográfico en el que son partícipes menores de edad o personas discapacitadas que necesitan de especial protección:
Programas llamados P2P “peer to peer”
Una gran parte de la pornografía infantil, es difundida haciendo uso de este tipo de programas de intercambio. En primer lugar, se dedican a poner en contacto a ciertos sujetos que se encuentran en la búsqueda de archivos con un tipo de contenido en particular. Una vez que se les suministra el contenido, estas personas descargan los archivos para su uso personal.
Internet profunda o también conocida como “Deep web”
Este espacio se trata de contenido que no puede ser registrado por Google. Esto ocurre ya que es “invisible” para los diversos motores de búsqueda convencionales y para la mayoría de los usuarios. Por conceptualización, se debe tener en cuenta que no se trata propiamente de sitios web maliciosos, sino de sitios que evitan ser vistos en la internet tradicional a la que accedemos todos.
Gracias a lo antes expuesto, accediendo a este espacio flotante del internet, es posible encontrar datos confidenciales de un gobierno o de un banco, lo cual es legal. No obstante, también se puede hallar material de pornografía infantil.
Foros privados
Los foros se tratan de aplicaciones de la web que permiten consultar, conservar y difundir información relacionada con un interés particular de sus usuarios. Existen foros de diversas modalidades y dentro de estos es posible encontrar algunos privados. Para poder acceder, el administrador debe permitir el acceso por separado a cada uno de los miembros antes de que puedan visualizar el contenido.
Gracias a esta singularidad, existen algunos foros privados que se dedican a temas de índole ilegal, como la pornografía infantil.
Conclusiones
En líneas generales, es posible determinar como el delito de difusión de pornografía infantil tiene lugar en espacios virtuales. Lo más complejo de todo esto es que gracias al avance tecnológico, cada día avanzan mucho más los métodos de captación, distribución y comercialización de material que expone a menores en conductas sexuales con fines lucrativos.