La prisión permanente revisable se trata de una condena grave que se aplica para sancionar ciertos crímenes que se destacan por su particular peligrosidad. Su imposición implica el cumplimiento completo de la pena privativa de libertad durante un período inicial que puede variar entre los 25 y los 35 años.
¿De dónde surge la pena de prisión permanente revisable?
Hace algunos años, esta normativa no era aceptada con una gran dureza. Es decir, la tradicional condena de galeras, se trataba en que, en teoría, por un período de 10 años quedaba en la obligación de remar el castigado.

En 1928, fue desestimada la pena de cadena perpetua. Esto trajo consigo un gran problema definido como los “incorregibles”. Es decir, que debían colocar en libertad a sujetos que parecían seguir siendo peligrosos. No obstante, ante este hecho algunos expertos mencionaron que estos reos tenían que tratarlas como si pudieran ser corregidos, en palabras más simples, como al resto.
A partir de la reforma del 2015 del Código Penal, regresó al sistema la condena de prisión permanente revisable. Ocasionando así, una gran discusión sobre su inclusión en la constitución y su necesidad.
Podemos ayudarle
En Abogados somos abogados penalistas en Málaga. Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
¿Qué es la pena de cárcel permanente revisable?
La prisión permanente revisable se trata de un castigo grave que implica el acatamiento absoluto de la sanción de privación de la libertad por un lapso de tiempo que puede abarcar entre 25 a 35 años.
La permanencia originaria depende en gran medida de sí se han llevado a cabo uno o más delitos o si se está en presencia de crímenes terroristas. La condena se puede evaluar cuando se haya culminado esa fracción de la pena y se determinará si debe mantenerse o suspenderse.
Sin embargo, no se define un límite máximo de durabilidad de la sanción de prisión. Por ello, se puede generar una confusión con la pena de cadena perpetua, que no tiene presencia en el orden jurídico de España.
El Código Penal no determina esta condena ni la tipifica en forma directa en ningún artículo. No obstante, su regulación está distribuida a lo largo de todo el texto.
Artículo 33: se encuentra incluida entre las condenas graves del Código Penal
1. De acuerdo con su origen y permanencia, las penas se categorizan en graves, menos graves y leves.
2. Se consideran penas graves:
a) La prisión revisable.
Artículo 35: la menciona como una condena de prisión
Se definen como penas privativas de libertad: la prisión permanente revisable, la responsabilidad personal, la localización permanente, la prisión y subsidiaria por impago de multa. Su acatamiento, así como otros beneficios carcelarios que presuman disminución del castigo, se adaptarán a lo establecido en el Código Penal y en las leyes.
· Artículo 36: menciona que la prisión permanente se determina según lo definido en el artículo 92 del Código Penal y define las circunstancias del acceso al tercer grado.
· Artículo 78: reglamenta los lapsos de tiempo para acceder al tercer grado. Además, para la suspensión de la realización de la parte sobrante del castigo.
· Artículo 92: tipifica todo el proceso de evaluación de la pena de oficio o instancia de parte.
¿En qué escenarios se puede aplicar la prisión permanente revisable?
El castigo de prisión permanente revisable es particularmente grave. En tal sentido, solo puede ser aplicada como sanción de ciertos crímenes específicos:
· Ciertos crímenes agravados de homicidio del artículo 140 del Código Penal:
o Si el sujeto pasivo se trata de un menor de 16 años de edad. También, si se trata de una persona con discapacidad.
o Si se lleva a cabo el homicidio después de realizar un delito contra la libertad sexual.
o En el caso en que el crimen sea cometido por integrantes de una organización criminal.
o Aplica en caso de homicidios múltiples.
· Crímenes contra la Corona: asesinato a la Reina o al Rey, Príncipe o Princesa de Asturias. Esto se encuentra tipificado en el artículo 485.1.
· Crímenes de terrorismo en los cuales se ocasiona la muerte a un individuo.
· Asesinato del presidente de otro país o de otra figura protegida internacionalmente.
· Crímenes en contra de derecho de personas: genocidio y de lesa humanidad.
¿En qué situaciones se puede suspender la condena de prisión permanente revisable?
Para que se pueda dar la suspensión de la prisión permanente revisable es indispensable que se den las siguientes condiciones:
1. Un lapso de tiempo mínimo de cumplimiento de pena que va desde los 25 hasta los 35 años.
2. El acceso al tercer grado.
3. La evaluación del tribunal de que hay condiciones favorables que propicien la reinserción social. Esto se realiza considerando aspectos como los antecedentes, la personalidad y el crimen. Además, se evalúan otros factores como las circunstancias familiares y sociales e informes de especialistas.
4. Cuando se trata de crímenes de terrorismo, se demuestra la intención de desistir del acto y colaborar con la justicia.
5. Otras circunstancias generales y particulares de la legislación carcelaria.
Límites temporales de acatamiento de la condena de prisión permanente revisable
1. Límite de 20 a 25 años. Esto se evalúa con base en los autores. Puede suceder que el legislador mencionara la pena en abstracto, no obstante, hay que comprender las degradaciones. El artículo 36 del Código Penal estipula un tiempo mínimo de tres meses y máximo de hasta 20 años, excepto algunos casos particulares.
2. Límite de 30 años. En el caso de la realización de dos o más crímenes si alguno de estos tuviese una pena mayor a 20 años. Este requisito fue incorporado en el año 1995, ya que con anterioridad solo existía un límite absoluto o relativo.
3. Límite de 40 años. Ocurre en el caso de un único crimen en manos de varios autores. En este escenario, por lo menos uno de los dos condenados tenía impuesta una pena superior a 20 años. Otra circunstancia es que el preso haya sido castigado por dos crímenes o más de terrorismo o los hubiese efectuado dentro de una organización criminal.