Delito de revelación de secretos
Que si. Que el delito de revelación de secretos es el delito de moda en España, es un hecho incuestionable. Son muchas las personas, de todos y cada uno de los rincones de España que se ponen en contacto con nuestro bufete de abogados, casi a diario, para plantearnos unos hechos, por si pudieran o no se constitutivos de un delito de revelación de secretos.
Bien es cierto que hay otros muchos, que acaban de recibir una denuncia o citación judicial, para declarar en calidad de investigados, por la presunta comisión y participación en una causa penal por este delito.
Es cierto que el delito de revelación de secretos no es un delito tan común como el delito de robo o el delito contra la seguridad vial, pero, se da.

Fíjense, si es un delito que está de moda que vienen a consultar o encargar asuntos, hasta abogados y funcionarios de los juzgado, o de la administración pública denunciados por estos hechos, así que cuidado.
Podemos ayudarle
En Abogados somos abogados penalistas en Málaga. Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
Bien. No deseamos comenzar este artículo partiendo de un examen exhaustivo del tipo delictivo. No. No es ese el objetivo del presente. Cierto es que el delito de revelación de secretos está recogido en el artículo 197 y siguientes del código penal. En esos artículos se plantea toda la casuística relacionada con este delito.
Como antes decíamos, no es el objetivo del presente atormentarle con conceptos jurídicos, no. Bueno, solo uno. EL SECRETO.
¿Qué es el secreto?. Buena pregunta.
Sin temor a equívocos nuestro despacho ejerce la defensa / acusación de este delito en todo el territorio nacional, sin ánimo de petulancia, posiblemente, seamos de los despachos más punteros en lo que al delito de revelación de secretos se refiere. Ante el conocimiento tan profundo del delito de revelación de secretos y cuales son los criterios que la amplia mayoría de las audiencias provinciales de España despliegan, partimos, (como en muchísimas ocasiones), de plantearnos, desde lo más básico hasta lo más complejo desde un punto de vista legal, y nos explicamos como abogados penalistas málaga.
Nuevamente, ¿Qué es el secreto?.
Cuando una persona se acerca a nuestro despacho a plantearnos su caso en cuestión, lógicamente dejamos que nos desarrolle, con todo lujo de detalles su caso, pero la PRIMERA y PRINCIPAL CUESTIÓN / INCÓGNITA, que DEBEMOS DESPEJAR, ES: ¿es o era un secreto lo que se ha o había revelado?. Bien puede parecer una perogrullada, pero de perogrullada, nada de nada. E
n nuestra larga experiencia, más de un 70% de estos casos se ganan o se pierden respondiendo a esa pregunta, ¿es o era un secreto lo que se ha o había revelado?. La respuesta a esa pregunta, es la “piedra filosofal” sobre la que se define el éxito o el fracaso, (depende del punto de vista donde se mire), en una acción penal de acusación o defensa del delito de revelación de secretos.
En muchísimas ocasiones, este tipo de acciones penales, (de acusación o defensa por el delito de revelación de secretos), viene derivada de un procedimiento judicial de divorcio altamente contencioso, en el que los ex cónyuges no se desean lo mejor precisamente. Son éstos casi el 60% de los asuntos relacionados con la revelación de secretos que se nos plantean en el despacho.
Pues bien, partiendo de esa pregunta, (¿es o era un secreto lo que se ha o había revelado?), nos planteamos la siguiente, (que es la que da respuesta a la viabilidad de la acción penal de acusación o defensa), que sería: ¿Tenía acceso legítimo esa persona a esos documentos, que al caso aportó al procedimiento?.
Si la respuesta es afirmativa, en principio, (salvo algunos detalles que puedan torcer la cuestión), no puede haber delito de revelación de secretos, puesto que, lo que no es secreto, no puede ser revelado. Ojo, cuando hablamos de acceso legítimo, lo decimos con todas las bondades que el término, acceso legítimo despliega o debe desplegar, no valen trucos.
Conclusion
La conclusión que queremos que quede, es que, lo que no es secreto, no puede ser objeto de un proceso penal.
Si desea conocer si lo revelado es o no un secreto, no dude en contactar con nuestro despacho de abogados penalistas y resolveremos las cuestiones que quieran plantearnos en relación a este, tan de moda, delito.