
Escrito por Javier Rincón Bernal y Manuel Rincón Bernal — Abogados Penalistas · RINBER (25 años de experiencia)

Manuel Rincón Bernal
Abogado Penalista · +25 años de experiencia
Fundador de Rinber Abogados. Especialista en Derecho Penal, colaborador habitual en medios de comunicación nacionales.
El exhibicionismo solo es delito en España cuando se realiza ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Ante adultos, la exhibición obscena no es delito, aunque puede sancionarse por vía administrativa. Esa distinción, y la intención sexual del acto, son las claves de casi todos los procedimientos.
¿Qué es el delito de exhibicionismo según el art. 185 CP?
El artículo 185 castiga a quien ejecuta, o hace ejecutar a otra persona, actos de exhibición obscena ante menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección. Se entiende por exhibición obscena mostrar los órganos sexuales o realizar actos de contenido sexual con una connotación lúbrica, dirigidos a que el menor los presencie.
No todo desnudo es exhibición obscena. Orinar en la calle, cambiarse en una playa o practicar nudismo en un lugar permitido no tienen ese contenido sexual, aunque los vea un menor. Lo que caracteriza el delito es la finalidad sexual del acto.
Diferencia entre exhibicionismo delito y exhibicionismo leve
No existe un delito leve de exhibicionismo. Si el acto se realiza ante adultos, no hay delito: puede constituir una infracción leve de la Ley de Seguridad Ciudadana, castigada con multa administrativa, o una infracción de las ordenanzas municipales. Si se realiza ante menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, es el delito del artículo 185.
Cuando la conducta va más allá de la exhibición e implica contacto físico, o se obliga al menor a participar en actos sexuales, el delito pasa a ser una agresión sexual, con penas mucho más altas.
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Penas por exhibicionismo: prisión o multa
La pena es de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses. Al ser un delito contra la libertad sexual de menores, la condena conlleva además la inhabilitación para profesiones u oficios que impliquen contacto regular con menores, y su inscripción en el Registro Central de Delincuentes Sexuales, que impide trabajar con menores mientras no se cancele.
Exhibicionismo online: cuándo es delito informático
La exhibición por videollamada o el envío de imágenes sexuales propias a un menor puede encajar en el artículo 185, o en el 186, que castiga con la misma pena difundir o exhibir material pornográfico entre menores por cualquier medio directo. Si además el autor contacta con un menor de 16 años por internet para conseguir que le envíe imágenes sexuales o para concertar un encuentro, se aplica el artículo 183, con penas superiores.
El envío de imágenes sexuales no solicitadas a un adulto no está tipificado de forma específica. Según las circunstancias, puede encajar en otros delitos, como el acoso del artículo 172 ter si es reiterado y altera gravemente la vida de la víctima.
Cómo denunciar un acto de exhibicionismo
Puede denunciarse ante la Policía Nacional, la Guardia Civil, la policía local o el juzgado de guardia. Ayuda mucho aportar la descripción de la persona, el lugar y la hora exactos, el nombre de testigos y cualquier grabación o captura, incluidas las conversaciones si los hechos ocurrieron en internet. Si la víctima es un menor, sus padres o tutores pueden denunciar en su nombre, y también puede actuar de oficio la Fiscalía.
Defensa ante una acusación de exhibicionismo
Las líneas de defensa habituales son la falta de intención sexual (un desnudo accidental o sin connotación lúbrica), la ausencia de menores o el desconocimiento razonable de que lo eran, y la identificación del autor, que en hechos ocurridos en la calle suele depender de testimonios rápidos y poco precisos. En los casos online, se revisa la atribución de las cuentas y los dispositivos desde los que se enviaron los mensajes.
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