Estafa

Matteo Castellanos
Matteo Castellanos
2023-08-21
Su valor profesional es muchísimo, son unos grandes abogados, pero su valor humano, que también es muy importante, es incalculable.
Jesus Olmo
Jesus Olmo
2023-08-21
Tenía muchas dudas, después de pasar por otro 2 buffetes de que fueran a darme la solución que necesitaba, pero resolvieron todas las dudas en la primera cita y así fue, finalmente, lograron un resultado estupendo, mejor incluso de el esperado.
Luis 2008
Luis 2008
2023-08-21
Gracias por todo, habéis dado lo mejor de vosotros.
Rodrigo Alsina
Rodrigo Alsina
2023-08-20
Un acierto total, el contar con ellos.
Ramón Espinosa
Ramón Espinosa
2023-08-18
Los mejores abogados penalistas que puedan existir, han hecho que uno de los días mas tensos de mi vida, se convirtiera en el mejor día de mi vida, mil gracias!!
Lorenzo Calero
Lorenzo Calero
2023-08-17
Unos abogados magníficos, con unos resultados muy buenos, son incluso mejores de lo que yo esperaba al leer las opiniones de la gente.
Vicente Huedo
Vicente Huedo
2023-08-16
Tan buenos abogados como seres humanos, rápidamente empatizaron con lo que estaba sufriendo y pusieron todo de su parte para ayudarme, lográndolo desde el primer minuto su apoyo emocional fue importantísimo y después con unos resultados impresionantes al problema que tenía.
Alejandro Leon
Alejandro Leon
2023-08-14
Los recomiendo al 100%
Hikikakira
Hikikakira
2023-07-10
Una persona increíble y de gran bondaz, atento a todo momento de resolver cualquier duda por pequeña que sea con tal de tranquilizarte y apoyarte, un pilar increíble en lo que pueden ser momentos muy duros y al quien que claramente sabe lo que hace y lo mal que puedes estar pasandolo
Inmaculada Ortega
Inmaculada Ortega
2023-05-16
D. Manuel ha tenido un trato excepcional con un caso nuestro, caso que hemos ganado gracias a su trabajo y sus consejos. Tenemos otro caso con él, y la tranquilidad que te da y la seguridad es una pieza clave para nosotras. Recomiendo los servicios de Manuel Rincón.

Delito de estafa

la Estafa, se refiere al concepto legal que consiste en engañar a otro con ánimo de lucro. Al hacer esto se induce a un tercero a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

¿Deseas saber sobre este delito y sus consecuencias?

En Abogados lo explicamos para que sepas porque necesitas nuestros servicios

¿Dónde se establece el delito de estafa?

La estafa es un delito de carácter penal. Consiste en manipular a otra persona, con el objetivo del beneficio económico o un perjuicio al otro.

Podemos ayudarle

En Abogados somos abogados penalistas en Málaga. Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

Se encuentra regulado en el Código Penal español. Específicamente en el Título XIII llamado delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. En su Capítulo VI sobre las defraudaciones. En la Sección 1 que indica de las estafas. En el artículo 248 y siguientes.

¿Cuáles son los elementos de un delito de estafa?

El engaño 

Para el delito de estafa es un elemento muy importante la manipulación y el engaño. 

Constituye la ausencia de valores de acción del delito y se puede llevar a cabo de innumerables formas, así lo señalan nuestros Abogados Especialistas en Estafas

Contactar con uno de nuestros abogados penalistas

El engaño es la simulación de comportamiento o apariencia que permite atribuir el perjuicio patrimonial a otra persona.

El estafador debe de ser bastante carismático y mayormente transmitir un aire de confianza para estafar a la víctima.

Esto además señala rasgos de personalidad de una persona con características no empáticas, maquiavélica y de acciones fraudulentas. Sin embargo, este no es el elemento más esencial de un delito de estafa.

delito de estafa
delito de estafa

Inducir a error a otro sujeto 

Una persona con características manipuladoras no necesariamente implica un delito de estafa. El sujeto que engaña al otro debe, a través de esa maniobra, inducir al error del otro. 

Se trata de conducir a otra persona a una condición mental de cometer el error. Produciendo un vicio en la mente de la víctima, resultando así engañada.

Es decir, debe tener una posición frente a la víctima que asegure la estafa como la mejor opción a tomar.

El acto de disposición patrimonial 

Esté elemento puede constar tanto en hacer entrega de algo como de consignar una cosa. Puede llevarse a cabo sobre cualquier elemento patrimonial de cualquier manera, siempre que tenga trascendencia económica.

Por ejemplo:

Comete estafa quien, a través de engaño y manipulación, obtiene un servicio de un médico. Para ser una estafa, el médico realiza este acto de disposición patrimonial bajo la creencia del pago del mismo. Sin embargo, no es así, el acto de estafa ocurre al momento de recibir el beneficio. Porque perjudica al otro manipulándolo para creer que era la acción adecuada.

Por ánimo de lucro

Es necesaria la obtención del beneficio buscado para poder entender que se ha consumado un delito de estafa.

Este elemento complementa el ejemplo anterior sobre la ventaja patrimonial obtenida. Se refiere a la apropiación de una cosa con valor económico, es decir, un beneficio económico.

Tiene doble interpretación porque lo que es perjuicio para la víctima se convierte en beneficio para el autor. 

Por lo que, la hora de evaluar, hay que valorar el patrimonio del afectado globalmente. Comparando la condición previa de estafador y víctima y lo que se tenía después del delito producido.

Relación Causa-Efecto

 Los delitos de estafa han exigido, entre los distintos elementos típicos de ella, una relación de causalidad. Esto ocurre dado a las doctrinas y jurisprudencias previas. Dando a entender que se necesita que el error sea consecuencia directa del engaño. 

El acto de disposición patrimonial es consecuencia del error. De la misma manera que el perjuicio es consecuencia del acto de disposición. Ambas implican entonces la existencia de un nexo causal.

Intencionalidad del delito de estafa

Bajo la misma premisa previa. Solo se entiende que se cometió delito de estafa si existe dolo. Esto implica conciencia y voluntad de engañar a otro produciéndole un perjuicio patrimonial a él mismo o a un tercero. Si el autor del delito no es consciente del engaño, no estaríamos ante una estafa según lo establecido.

delito de estafa
delito de estafa

Consecuencias del delito de estafa

Y, por último, no existe el delito de estafa sin estafado en sí mismo. Es decir, el delito de estafa se consuma en el momento en que el sujeto cae en el error. Ya sea que realiza el acto de disposición patrimonial o el autor obtiene de ese modo la disposición de la cosa ajena.

¿Dónde se establece legalmente el delito de estafa?

La forma base de este delito se explica en el artículo 248 numeral 1 de forma sencilla expresa:

Se considera delito de estafa quien, con ánimo de lucro, busca, a través de engaños elaborados, producir error en otro. Es decir, aquel que lleva otro a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno.

¿Quién puede ser sujeto activo de un delito de estafa?

Mayormente las personas que realicen lo que especifica el artículo 248 literal 1 del Código Penal. Pero, según el 248 literal 2 también pueden cometer un delito de estafa las siguientes personas sujetas a derechos:

  1. Aquellos quienes, en búsqueda del beneficio económico valiéndose de alguna manipulación de la información o semejante. Logren obtener una transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de otro.
  2. Los que fabriquen, pongan o manejen programas digitales o informáticos destinados a las estafas previstas en este artículo.
  3. Los que, utilizando instrumentos bancarios, tales como:
  • tarjetas de crédito o débito
  • cheques de viaje
  • los datos que permitan el uso de cualquiera de ellos.

Realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.

¿Cuáles son las penas establecidas de cara a un delito de estafa?

Nuestros especialistas de Abogados Penalistas Málaga, con más de 20 años de experiencia en casos penales de España nos indican lo siguiente:

Para conocer cómo se castiga penalmente una estafa, hay que revisar al artículo 249 del Código Penal español. En este se establece lo siguiente:

Aquel que sea conseguido como culpable de estafa serán castigados con la sentencia de prisión de seis meses a tres años. 

Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta:

  • El valor de lo estafado. 
  • El daño económico causado a quien se perjudica. 
  • Las relaciones que exista entre el estafador y el defraudado.
  • Los medios y estrategias empleados por éste.
  • Cualquier otro elemento que sirvan para valorar la gravedad de la infracción.

Si la cantidad de valor no excede de 400 euros, se impondrá como castigo una multa de uno a tres meses.

¿Qué puede hacer más grave la pena de delito de estafa?

El artículo 250 del Código Penal español, dice que se puede aumentar la pena de prisión de uno a seis años.

De la misma forma la multa puede pasar de seis a doce meses en casos como:

  • La estafa haya sido sobre cosas de primera necesidad. Bienes tales como viviendas u otras propiedades de reconocida utilidad social.
  • El acto se realice utilizando, sustrayendo, ocultando o inutilizando, la firma de quién es estafado. 
  • La estafa sea sobre bienes que involucren o sean el patrimonio. Sin importar si es artístico, histórico, cultural o científico de algún lugar o persona.
  • Cuando el hecho realizado deje a la víctima o a su familia en una situación grave o delicada.
  • El valor del delito supere los 50.000 euros, o involucre un daño a un elevado número de personas.
  • Que la estafa se cometa con abuso de las relaciones personales existentes entre las partes. O se aproveche éste su credibilidad como empresa o profesional.
  • Cuando en un proceso judicial, sin importar el tipo, manipularon las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones. Ya sea que emplearon otro fraude procesal parecido. Como resultado provoca un fallo en el juez o tribunal dando una resolución que perjudique los intereses económicos del afectado.
  • Al hacer este delito el culpable puede ser condenado al menos por tres delitos comprendidos en este Capítulo. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.

Además, si la primera causa explicada se encontrará en conjunto con cualquiera de las establecidas. Específicamente de la cuarta en adelante, se impondrán las penas de prisión de cuatro a ocho años. Al igual que multas de doce a veinticuatro meses.

También se aplicará esa pena mayor si la cantidad de lo estafado superara los 250.000 euros.

¿por qué podría necesitar un abogado especialista en delitos de estafa?

Hasta ahora solo te hemos contado solo una pequeña parte de lo que implicaría el delito de estafa. Hay muchos elementos que se pueden contra entre sus agravantes y consecuencias.

En Abogados Penalistas Málaga tenemos a los mejores especialistas en el área penal de toda España. Con más de 20 años de experiencia en casos como estos y dispuestos a ayudarte en tu zona.

Casos como los de estafas realizadas por empresas han generado mucha incertidumbre dónde podrías necesitar un experto. Ya que, ante el desconocimiento, muchas personas han tratado de aprovechar del mismo. 

De la misma forma existen casos que, aunque no son propiamente estafa, se vincula a ella. 

Este es el delito conocido como estafa impropia. 

Para cuestiones como esta puedes necesitar conocer de ello o necesitas asesoría al respecto para evitarlo. 

En ese caso, no hay nadie mejor. Ponte en contacto con nuestros profesionales de Abogados.

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