En el mundo digital que vivimos hoy, es posible convertirse en víctimas de delitos cometidos en internet. Lugares como: Facebook, Instagram, Twitter, entre otros, puedes volvernos vulnerables. Ya que se componen por una comunidad de personas que comparten espacios públicos y permiten el intercambio de información.
El código penal busca establecer parámetros en este aspecto, aunque a veces es muy difícil. Sin embargo, contamos con un equipo de especialistas que nos han brindado su tiempo para explicar este tipo de delitos cometidos en internet.
En las siguientes líneas trataremos de explicarlo para ti y porque es valiosa la asesoría legal en estos casos.
¿Qué se considera delitos cometidos en internet?
El internet o las redes sociales se refiere a un sitio virtual. Teniendo en cuenta esto y los bienes jurídicos protegidos por la ley penal. Los delitos cometidos en internet más habituales se pueden catalogar en las siguientes cualidades:
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Delitos contra el honor y la integridad moral
- Delito de calumnia. Se establece luego de demostrar el uso de información falsa contra otra persona en redes sociales. Se establece en los artículos 205 y 211 del código penal.
- Delito de injurias. Son expresiones que atentan contra la dignidad humana, dañando su reputación o su propia estimación en redes sociales. Se establece en los artículos 208 y 211 del código penal.
- Delito de ciberbullying o acoso escolar en la red. Se sanciona el «linchamiento social» contra menores en las redes sociales. Al igual que las reiteradas persecuciones, agresiones verbales o psicológicas contra personas y acoso de personas en la red.
El acoso puede tipificarse como:
- Difamación (artículo 205 del código penal).
- Insulto (artículo 208 del código penal).
- Asesinato (artículo 138 del código penal y siguientes).
- Inducción al suicidio (artículo 143 apartado 1 del código penal).
- Trato degradante (artículo 173 apartado 1 del código penal).
- lesiones y daños (artículo 147 del código penal).
- Amenazas (artículo 169 del código penal).
- Coacción (artículo 172 del código penal).

Delitos contra la constitución
- Delitos contra la corona. Los insultos y difamaciones contra el honor y el prestigio de la corona y sus miembros a través de redes. (artículo 490, apartado 3 del código penal).
- Delitos contra el poder ejecutivo. Cualquier insulto, difamación y amenaza grave a miembros del gobierno nacional o consejos de las comunidades autónomas en las redes. (artículo 504 apartado 1 del código penal)
- Delitos contra el poder legislativo y el tribunal constitucional. Insultos, difamaciones y graves amenazas al tribunal supremo, tribunal superior y tribunal constitucional en redes sociales (artículo 504 apartado 1 del código penal).
- Delitos contra las fuerzas de orden público. Cualquier injuria y amenazas al ejército, o cuerpos y fuerzas de seguridad desde las redes sociales (artículo 504 apartado 2 del código penal).
- Delitos de discriminación, violencia o incitación al odio contra grupos. Incluye varias conductas delictivas realizadas en redes sociales. Las mismas se encuentran reflejadas en los artículos 510.1.a, 510.1.c, 510.2.a y 510.2.b del código penal.
Estas a decir son:
- Promover o incitar, directa o indirectamente, al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia.
- Propiciar la inexistencia o la aceptación a una atmósfera de odio, hostilidad, discriminación o violencia.
- Insultos o acoso a un grupo protegido o cualquiera de sus miembros.
- Elogio o defensa pública del delito o de su autor.
Delitos contra el orden público
- Delito de enaltecimiento o justificación del terrorismo (apología del terrorismo). Elogio o defensa de delitos terroristas o personas involucradas en delitos terroristas en redes sociales. Así como actos que impliquen difamación, menosprecio e insultos de delitos terroristas o familiares de sus víctimas en redes sociales, delitos cometidos en internet.
Se encuentran reflejados en el artículo 578 del código penal.
Delitos contra la intimidad, el privilegio de imagen propia y el privilegio del domicilio
- Delito de descubrimiento y revelación de secretos (tipo básico): confiscar documentos, interceptar telecomunicaciones o utilizar gadgets para obtener contraseñas y acceder a contenido privado o que violen su privacidad. El mismo se encuentra reflejado en el artículo 197.1 del código penal.
- Delito de intrusismo informático o hacking: acceso o uso no autorizado de sistemas informáticos o determinados datos que se encuentren en sus sistemas de información (artículo 197.1 del código penal)
- Delito de porno venganza o sexting: difundir imágenes o registros audiovisuales de personas que compromete gravemente su privacidad no autorizadas en las redes sociales. (artículo 197.7 del código penal).
Delitos contra la libertad
- Delito de amenazas: la externalización en redes de intimidaciones con objetivo provocar delitos a una persona, su familia o alguien cercano a ti. (artículo 169 del código penal). Entre estos entran:
- Delito de extorsión sexual: la extorsión es una forma de delito en la que los delincuentes obtienen imágenes o registros audiovisuales de las víctimas. Puede ser desde pornografía evidente mediante cebo y engaño en las redes sociales, delitos cometidos en internet. Luego, te piden que pagues a cambio de tu no divulgación en internet. (artículo 171.2 del código penal).
- Delito de cyberstalking: acecho o acoso continuo a través de las redes sociales. (artículo 172 ter del código penal).

Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales
- Delito de child grooming o ciberacoso a menores:
Hay dos tipos de delitos (artículo 183 del código penal):
- Acosar o tratar a menores de 16 años a través de las redes sociales para cometer abusos o agresiones sexuales.
- Engañar a menores para proporcionar material pornográfico o mostrar imágenes pornográficas en las que aparecen menores a depredadores sexuales.
Delitos patrimoniales y contra el orden económico
- Delito de daños informáticos: destrucción, deterioro o daño de datos, programas informáticos u otros documentos electrónicos. Por ejemplo: infectar terminales informáticos mediante el envío de spam desde redes sociales. (artículo 264 del cp).
- Estafas informáticas: programas informáticos manipulados a través de las redes sociales diseñados para la suplantación de identidad o la suplantación de dominio. (artículo 248.2 del código penal).
Delitos de falsedades
- Delito de usurpación del estado civil: hacerse pasar por otra persona para obtener los beneficios de su identidad tal como el uso de su cuenta bancaria. (artículo 401 del código penal).
¿por qué es más fácil cometer delitos a través de internet?
A diferencia del mundo físico, en el entorno digital es más fácil realizar cualquier tipo de delito. Hacer uso de insultos, amenazas, hacerse pasar por otros u obtener datos personales se facilita con el paso del tiempo, delitos cometidos en internet. Estos hechos se han vuelto más comunes en los medios informáticos se puede decir que por las siguientes tres razones:
El agresor se puede esconder en el anonimato.
Los delitos cometidos en internet proporcionan recursos «anónimos», lo que permite ocultar la fuente de comunicación. Ventajas como esta permiten infringir la ley sin ser identificado. En este caso nos referimos a navegadores encriptados como tor. O utilizar una red privada virtual o vpn para bloquear conexiones servidor proxy o cualquier otro sistema de cifrado.
La producción de elementos para generar daños informáticos.
Los virus troyanos, los gusanos o las bombas informáticas y los comentarios ofensivos se propagan sin control por internet. Estos se distribuyen muy rápido y pueden llegar a más personas. Lo que genera mayor sufrimiento a las víctimas que no se encuentran preparadas.
Los delitos cometidos en la red no se limitan a fronteras físicas.
Este punto es el más relevante. A veces es difícil determinar las leyes aplicables y los jueces competentes. Esto sumado a la ubicación de las pruebas o de los responsables para investigar un delito cibernético. Los servidores tor, vpn o proxy pueden dificultar la identificación de los autores de delitos informáticos. Ralentizando así la investigación.
Algunas recomendaciones y ¿por qué necesitaría la ayuda de un abogado en casos como estos?
Hasta ahora solo te hemos contado solo una pequeña parte de lo que implicaría un delito cometido en internet. Aun así, hay muchos elementos que se pueden contra entre sus agravantes y consecuencias de delitos cometidos en internet.
Por cuestiones como esta puedes necesitar alguien que te pueda brindar asesoría al respecto para evitar cualquier incidente.
Por regla general evita tratar de contactar con el agresor para impedir que pueda utilizar cualquier argumento en tu contra. Es decir, no caigas en sus provocaciones.
Un tema clave aquí es saber aportar las pruebas digitales y conservarlas. En abogados tenemos a los mejores especialistas en el área penal de toda España.
¿sabes cómo acreditar la autenticidad del documento electrónico que contiene los mensajes difundidos en una red social? ¿debes acudir a un agente de autoridad?
¿contratar los servicios de un prestador cualificado de servicios de confianza o buscar a un tercero de confianza? Ante el desconocimiento, muchas personas han tratado de aprovecharse de casos como estos.
Dentro de las redes sociales nada se destruye totalmente, además hacen que todo se vea y nada se olvide.
Por eso, no utilices las redes sociales de manera ligera y reducirás el riesgo de convertirte en víctima de uno de los delitos citados.
En Abogados contamos con más de 20 años de experiencia en casos penales. Y estamos dispuestos a ayudarte sin importar la zona en que te encuentres.
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