Delito de Tráfico de Drogas

Susana Aviles
Susana Aviles
2023-12-04
Estaré siempre muy agradecida a Manuel por llevar mi caso de forma tan profesional, todo ha quedado resuelto y yo estoy más tranquila.
Monica Lobato
Monica Lobato
2023-12-04
Buenos abogados, han sabido darle el enfoque legal adecuado a mi situación y ganar el caso.
Eva Costa
Eva Costa
2023-12-04
Por fin.... Ya quedado resuelto un pequeño problema legal tenía, gracias a Manuel.
Adrian Camino
Adrian Camino
2023-11-30
Un abogado que realmente mira por el bien de su cliente y no tanto por el dinero, para mí ha sido una gran ayuda.
Fernando Barrios
Fernando Barrios
2023-11-28
Un abogado de lo más profesional, se ha implicado mucho en mi caso para conseguir unos resultados muy buenos.
Arturo Becerra
Arturo Becerra
2023-11-27
Acudir a él, ha sido una decisión que ha hecho que mi vida sea mucho mejor, muchas gracias por tu trabajo y los resultados que has conseguido.
Eugenio Miranda
Eugenio Miranda
2023-11-26
Me puse en contacto con ellos por recomendación de un amigo, y fue un gran acierto, su implicación y trabajo fue máximo para lograr un resultado favorable a mis intereses.
María Gorriaga
María Gorriaga
2023-11-23
Se nota que sabe de derecho y como lograr buenos resultados para sus clientes, nosotros quedamos encantados con la sentencia que consiguió a nuestro favor.
David Laredo
David Laredo
2023-10-28
Con su enfoque meticuloso, aseguró una defensa sólida y efectiva para mi caso.
Julian Garay
Julian Garay
2023-10-26
Fué implacable en la defensa, protegiendo mis derechos con pasión y destreza.

Delito de Tráfico de Drogas

Delito tráfico de drogas. Hay que tener muy en cuenta la notable gravedad de la imputación de un delito de estas características. La defensa del delito de tráfico de drogas, que hacen nuestros Abogados penalistas para tráfico de drogas,  de la mejor manera que saben, ganando.

“Los delitos contra la salud pública han sido objeto de una mejora técnica, modificándose su descripción, la determinación de los distintos supuestos agravados y atenuados, con sus correspondientes consecuencias en la pena, y la ampliación del alcance de la figura del comiso.

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Se amplia sensiblemente la proyección de la responsabilidad penal sobre las personas jurídicas y se establece un agravamiento de la pena cuando las conductas tengan lugar en centros docentes, en centros, establecimientos o unidades militares, en establecimientos penitenciarios o en centros de deshabituación o rehabilitación o en sus proximidades, así como cuando el culpable empleare violencia o exhibiere o hiciese uso de armas para cometer el hecho”.

Podemos ayudarle

En Abogados somos abogados penalistas en Málaga. Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.

El Delito de Tráfico de Drogas en el Código Penal

Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable. No se podrá hacer uso de esta facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en los artículos 369 bis y 370.

El delito de tráfico de drogas se encuentra tipificado en el artículo 368 del Código Penal español.

En él se establece que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

Pena de Cárcel por Delito de Tráfico de Drogas

las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

Se consideran de extrema gravedad, según nuestros Abogados penalistas, los casos en que la cantidad de las sustancias a que se refiere el artículo 368.

Si excediere notablemente de la considerada como de notoria importancia o se hayan utilizado buques o aeronaves como medio de transporte especifico, o se hayan llevado a cabo las conductas indicadas simulando operaciones de comercio internacional entre empresas o se trate de redes internacionales dedicadas a este tipo de actividades o cuando concurrieren tres o más de las circunstancias previstas en el artículo 369.1.

En los supuestos de los anteriores números 2º y 3º se impondrá a los culpables, además una multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito». Esta regulación presenta una primera novedad respecto de la redacción anterior en cuanto a la pena que corresponde imponer.

En el texto reformado, la referencia penológica para fijar la pena superior en grado era la pena privativa de libertad establecida en el artículo 369.

A su vez imponía una pena de prisión superior en grado a la prevista en el artículo 368, por lo que cuando concurrían los supuestos contemplados en el artículo 370 resultaba imperativa la imposición de pena privativa de libertad superior en dos grados a la fijada para el tipo básico sancionado en el artículo 368. 

No sucede lo mismo en la actual regulación, pues la referencia penológica se efectúa directamente al artículo 368 y, dado que el incremento punitivo puede ser en uno o dos grados, habrá que concluir que en los supuestos a que se refiere el artículo examinado solo resulta imperativa la imposición de la pena superior en un grado, siendo de carácter facultativo la fijación de pena superior en dos grados a la del artículo 368. En consecuencia.

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Si, por cualquier motivo, un familiar, amigo o conocido se ve metido en un proceso relacionado con un delito de tráfico de drogas, no dudes en contactar rápidamente con nuestros abogados penalistas pues la presencia de un profesional especialista en la defensa de tus intereses, desde un principio, puede resultar determinante en cuanto al resultado final del procedimiento. Estamos a tu disposición 24 horas al día, 365 días al año. Sabremos defenderle con nuestros Abogados para detenidos.

En relación a la adulteración de sustancias, nuestros Abogados penalistas, Esta circunstancia es de aplicación cuando «las referidas sustancias se adulteren, manipulen o mezclen entre si o con otras incrementando el posible daño a la salud».

Equivale a la antigua circunstancia quinta del mismo artículo 369, si bien en la regulación actual se suprime la referencia a «productos». Esta dicción está contenida en la dicción anterior, concretándose el comportamiento agravado únicamente en la adulteración, manipulación o mezcla de sustancias.

En realidad, la modificación de carácter meramente terminológico, carece de incidencia ya que la agravación se remite, por expresa dicción del precepto a todos los elementos cuyo tráfico se sanciona en el artículo 368 del Código Penal.

delito de trafico de drogas
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