Abogados Expertos ante el Tribunal Supremo. Son muchos los ciudadanos de toda España los que se ponen en contacto con nuestro departamento de derecho penal buscando, Especialistas ante el Tribunal Supremo, después de haber peregrinado por todas las instancias judiciales.
A lo que hay que añadir que ya, no pueden recurrir a ningún sitio para defender su inocencia, frente a una sentencia manifiestamente injusta.
Seguramente, fruto del desasosiego, y buscando en internet, encuentren información de un último resquicio legal para que se vuelva a valorar su caso y demostrar esa inocencia o no culpabilidad. Desde hace años, nuestro departamento se especializó en este tipo de recursos.
EL RECURSO DE REVISIÓN ES LA ÚLTIMA OPORTUNIDAD QUE TIENE EL CIUDADANO PARA VOLVER A REVISAR SU EXPEDIENTE PENAL SIEMPRE QUE CUENTE CON PRUEBAS DE SU INOCENCIA.
Podemos ayudarle
En Abogados somos abogados penalistas en Málaga. Si necesita un despacho penalista con amplia experiencia, contacte con nosotros e infórmese sin compromiso.
La situación es tal, que al resultar ser firme esa Sentencia, no existe en nuestro derecho amparo legal para recurrir a ninguna instancia. (Más allá de, en el plazo de 6 meses, recurrir al Tribunal Europeo de derechos humanos, siempre que haya sustento legal para dicha demanda). Si le surge alguna duda, cuente con nuestros Expertos ante el Tribunal Supremo. Sin compromiso.
Abogados Expertos ante el Tribunal Supremo
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Por tal motivo por el cual queremos difundir, que es el recurso extraordinario de revisión, cuando se puede interponer y que requisitos son los que se necesitan reunir para poder interponerlo. Ya adelantamos que, no todo vale, ni todos los asuntos son susceptibles de ser objeto de recurso de revisión.
En primer lugar, el recurso extraordinario de revisión es un cauce de impugnación contra sentencias firmes. Es decir, aquéllas contra las que no cabe recurso, ya por su naturaleza, ya por haber sido consentidas por las partes, o cuando se ha producido una condena en virtud de un error.
Un inciso en este punto, el hecho que los tribunales no nos den la razón, no siempre es un error. Hay que tratar de ser objetivos desde un punto de vista legal, pues todo no es un error.
Pongamos un ejemplo: Una determinada cuestión puede ser resuelta jurídicamente, desde uno o varios puntos de vista legal. El hecho que el tribunal opte por una solución legal, distinta a la que nos conviene, no hace de aquella un error.

El Recurso Extraordinario de Revisión
Sólo cuando el proceso se ha cerrado definitivamente, sin posibilidad de más recursos, cabe promover la revisión de una sentencia. Esto quiere decir que la validez no puede ya discutirse, bien porque no hubiera incurrido en vicio o defecto alguno, o bien porque éstos, de existir, quedaron convalidados por la firmeza, de ahí que se le atribuya el carácter de subsidiario a la revisión en razón de la aparición o descubrimiento de nuevos hechos.
Pongamos un ejemplo: Tras una sentencia condenatoria, aparecen pruebas que incriminan directa e inequívocamente a un tercero. Ese caso, estaría sujeto a prosperar vía recurso de revisión. Ha de basarse en cualquier hecho o medio de prueba que evidencie, con posterioridad al dictado de sentencia, la equivocación del fallo de la sentencia.
La revisión la prevalencia de la auténtica verdad sobre la sentencia firme, y con ello el triunfo de la justicia material sobre la justicia formal. Supone el recurso de revisión una forma de atacar la sentencia firme, y por tanto la cosa juzgada.
Y, no lo olvide, Si le surge alguna duda, durante la lectura del presente artículo, cuente con nuestros Expertos ante el Tribunal Supremo. Sin compromiso. La competencia para conocer de la revisión penal corresponde a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Ante este órgano jurisdiccional se promueve, en su caso, se interpone, se sustancia y se resuelve, en exclusiva, el recurso de revisión.
CUENTE CON LA EXPERIENCIA DE NUESTROS ABOGADOS PARA TRAMITAR SU EXPEDIENTE PENAL. SABEMOS LO QUE HACEMOS Y PODEMOS AYUDARLE.
La ley en sí, limita la interposición del recurso únicamente a las sentencias condenatorias. Para dar explicación a este hecho, algunos autores han manifestado que no es comparable el daño que sufre la sociedad al condenar a un inocente, máxime si se produce una situación irreversible, con el daño que pueda sufrir la sociedad observando cómo personas culpables han obtenido sentencias absolutorias. Consulte con nuestros Expertos ante el Tribunal Supremo